Derecho de empresa

Abogado de empresa en Madrid

Asesoramiento jurídico continuo para sociedades, socios y administradores en Madrid, desde la constitución hasta las operaciones más complejas. Un mismo interlocutor para el día a día mercantil y para los asuntos de mayor calado.

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Un abogado de empresa para cada etapa societaria

La actividad de una sociedad genera necesidades jurídicas muy distintas según el momento: constitución y pactos iniciales, contratación con clientes y proveedores, relación entre socios, decisiones del órgano de administración y, en su caso, operaciones de compra, venta o reestructuración.

El asesoramiento a empresa no consiste solo en responder consultas puntuales, sino en anticipar riesgos contractuales y societarios antes de que se conviertan en conflictos, revisando la documentación con la Ley de Sociedades de Capital y el Código de Comercio como referencia constante.

Áreas que se cubren desde este servicio

  • Derecho societarioConstitución, modificaciones estatutarias, órganos sociales y libros obligatorios.
  • Contratación mercantilRedacción y revisión de contratos con clientes, proveedores y colaboradores.
  • Conflictos entre sociosNegociación, impugnación de acuerdos y salidas ordenadas del capital.
  • Operaciones corporativasCompraventa de participaciones o activos y due diligence previa.
  • Gobierno corporativoReglamentos internos, políticas de la sociedad y actas de órganos sociales.

Cómo se organiza el asesoramiento

  1. Paso 1

    Consulta inicial

    Se analiza la situación de la sociedad, el sector y los antecedentes documentales disponibles.

  2. Paso 2

    Diagnóstico y plan de trabajo

    Se identifican los asuntos prioritarios y se propone un enfoque de honorarios adaptado (puntual o recurrente).

  3. Paso 3

    Ejecución

    Redacción de documentos, negociación con contrapartes y, si procede, representación ante notaría o registro.

  4. Paso 4

    Seguimiento

    Revisión periódica de contratos y obligaciones societarias para evitar incumplimientos.

Normativa de referencia

  • Real Decreto Legislativo 1/2010Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
  • Código de ComercioRégimen general de los actos y contratos mercantiles.
  • Ley 3/2009Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Preguntas frecuentes

El puntual resuelve un asunto concreto, como un contrato o un conflicto societario. El recurrente supone acompañamiento continuo a la sociedad, con disponibilidad para consultas y revisión periódica de documentación.

La información publicada en esta web tiene carácter general y divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado. Cada caso requiere un análisis particular de sus circunstancias, plazos y documentación.

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