Extranjería

Abogado de recursos de extranjería en Madrid

Recurso de reposición y recurso contencioso-administrativo frente a denegaciones de residencia, nacionalidad, visados y expedientes de expulsión. Se valora el motivo concreto de cada resolución antes de elegir la vía de impugnación.

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Vías de impugnación disponibles

Frente a una resolución desfavorable en extranjería caben, con carácter general, el recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución y el recurso contencioso-administrativo ante el juzgado o tribunal competente; en determinados procedimientos, la resolución agota la vía administrativa y solo cabe el recurso contencioso-administrativo directamente.

El plazo para interponer cada recurso depende del tipo de resolución y de si esta agota o no la vía administrativa, por lo que conviene identificar con precisión, desde la propia notificación, qué recurso procede y en qué plazo.

Documentación habitual para recurrir

  • Resolución notificadaCopia completa de la resolución impugnada, con su fecha de notificación.
  • Expediente administrativoSolicitud del expediente completo, cuando resulte necesario para conocer los motivos exactos de la denegación.
  • Documentación adicionalPruebas o documentos que no se aportaron en su momento y que puedan reforzar los motivos del recurso.
  • Poderes y representaciónPoder para pleitos cuando se acude a la vía contencioso-administrativa, donde se exige abogado y procurador.

Procedimiento y organismos competentes

  1. Paso 1

    Análisis de la resolución

    Identificación del motivo de denegación y del tipo de recurso procedente.

  2. Paso 2

    Recurso de reposición

    Presentación ante el mismo órgano que dictó la resolución, cuando esta no agota la vía administrativa.

  3. Paso 3

    Recurso contencioso-administrativo

    Interposición ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o la Audiencia Nacional, según la materia y el órgano que resolvió.

  4. Paso 4

    Medidas cautelares

    Solicitud de suspensión de la resolución impugnada cuando su ejecución pueda causar un perjuicio de difícil reparación.

Normativa de referencia

  • Ley 39/2015Del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre recursos administrativos.
  • Ley 29/1998Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Preguntas frecuentes

Depende de si la resolución agota o no la vía administrativa; conviene revisar el pie de recurso de la propia notificación, que debe indicarlo.

La información publicada en esta web tiene carácter general y divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado. Cada caso requiere un análisis particular de sus circunstancias, plazos y documentación.

¿Le han denegado un trámite de extranjería?

Revisemos el motivo de la resolución y el plazo de recurso disponible.

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