Extranjería
Abogado de expulsión de extranjeros en Madrid
Defensa frente a expedientes de expulsión, órdenes de devolución y prohibiciones de entrada. Cada expediente se revisa según la causa invocada por la Administración y el plazo disponible para alegar.
Causas habituales de expulsión
La Ley Orgánica 4/2000 contempla infracciones que pueden dar lugar a un procedimiento de expulsión, entre ellas la estancia irregular, la comisión de determinados delitos con condena firme, o infracciones graves y muy graves recogidas en la propia ley. También existen figuras distintas, como la devolución (para quien intenta entrar sin cumplir los requisitos o incumple una prohibición de entrada previa) y el retorno.
El procedimiento de expulsión puede ser preferente o el ordinario, con distintos plazos de tramitación y de alegaciones; el preferente se aplica a determinadas causas y reduce sensiblemente el tiempo disponible para presentar la defensa.
Documentación y elementos habituales de la defensa
- Arraigo acreditadoEmpadronamiento, vínculo familiar o laboral que pueda invocarse para valorar la proporcionalidad de la expulsión.
- Antecedentes del expedienteNotificaciones recibidas, causa concreta invocada y fecha de inicio del procedimiento.
- Situación penalDocumentación sobre la firmeza o no de la condena, en su caso, cuando la causa de expulsión es de tipo penal.
- Circunstancias familiaresMenores a cargo, cónyuge o pareja residente, u otras circunstancias que puedan ser relevantes para la proporcionalidad de la medida.
Procedimiento y organismo competente
- Paso 1
Incoación del expediente
Notificación por la Subdelegación o Delegación del Gobierno, o por la Comisaría en el caso de devolución.
- Paso 2
Alegaciones
Presentación de alegaciones y prueba dentro del plazo fijado, distinto según se trate de procedimiento preferente u ordinario.
- Paso 3
Resolución
Dictada por el órgano instructor, puede acordar expulsión con o sin ingreso en centro de internamiento previo.
- Paso 4
Recurso y medidas cautelares
Recurso de reposición o contencioso-administrativo, con posibilidad de solicitar la suspensión cautelar de la ejecución mientras se resuelve.
Normativa de referencia
- Ley Orgánica 4/2000Artículos 53 a 64, sobre infracciones y sanciones, incluida la expulsión.
- Real Decreto 1155/2024Desarrolla el procedimiento sancionador y las garantías del expedientado.
Preguntas frecuentes
El plazo depende del tipo de recurso y de si el procedimiento fue preferente u ordinario; conviene comprobarlo en la propia notificación, ya que puede ser muy breve.
La información publicada en esta web tiene carácter general y divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado. Cada caso requiere un análisis particular de sus circunstancias, plazos y documentación.
¿Ha recibido una notificación de expulsión?
Consulte cuanto antes el plazo de recurso disponible en su caso.
Videollamada 50 € + IVA · Presencial en Madrid 80 € + IVA
