Pactos parasociales

Redacción de pactos de socios en Madrid

El pacto de socios ordena la relación entre los fundadores más allá de lo que recogen los estatutos, anticipando escenarios de crecimiento, desacuerdo o salida. Redactarlo con detalle evita muchos conflictos posteriores.

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Qué es un pacto de socios y para qué sirve

Un pacto de socios es un contrato privado entre los socios de una sociedad que complementa los estatutos, regulando aspectos que no conviene hacer públicos en el Registro Mercantil, como la valoración de la sociedad en caso de salida o los compromisos de dedicación.

Aunque no es obligatorio, resulta especialmente útil en startups y sociedades familiares, donde la confianza inicial entre socios debe traducirse en reglas claras para escenarios futuros de crecimiento, entrada de inversores o desacuerdo.

Cláusulas habituales de un pacto de socios

  • Permanencia (lock-up)Compromiso de no transmitir participaciones durante un periodo inicial.
  • Derecho de adquisición preferentePrioridad de los socios frente a terceros ante una futura venta de participaciones.
  • Cláusulas de arrastre y acompañamientoRegulación de la venta conjunta de la sociedad frente a un tercero comprador.
  • Buena y mala salida (good leaver / bad leaver)Consecuencias económicas distintas según las circunstancias de salida de un socio.
  • GobernanzaMayorías reforzadas para decisiones clave y reparto de roles en la administración.

Cómo se elabora el pacto

  1. Paso 1

    Reunión con los socios

    Identificación de expectativas, aportaciones de cada socio y escenarios que preocupan.

  2. Paso 2

    Redacción del borrador

    Elaboración de las cláusulas ajustadas a la situación concreta de la sociedad.

  3. Paso 3

    Negociación entre las partes

    Ajuste del contenido hasta alcanzar un texto asumido por todos los socios.

  4. Paso 4

    Firma y coordinación con los estatutos

    Revisión de que no exista contradicción entre el pacto y los estatutos sociales.

Preguntas frecuentes

No, la ley no lo exige, pero es muy recomendable cuando hay varios socios fundadores, inversores externos o expectativas de crecimiento, para evitar conflictos futuros.

La información publicada en esta web tiene carácter general y divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado. Cada caso requiere un análisis particular de sus circunstancias, plazos y documentación.

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