Conflictos laborales

Abogado para conflictos laborales: sanciones y modificaciones de condiciones

Defensa del trabajador frente a sanciones disciplinarias, modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, movilidad geográfica o funcional y otras controversias surgidas durante la vigencia del contrato de trabajo. Valoración de la vía de impugnación más adecuada según el conflicto.

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Conflictos durante la relación laboral

No todos los conflictos laborales terminan en un despido: sanciones disciplinarias, cambios de horario o de funciones, traslados geográficos o modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo pueden impugnarse sin necesidad de que la relación laboral se extinga.

Cada tipo de decisión empresarial tiene un cauce de impugnación y unos plazos propios, por lo que conviene identificar correctamente la naturaleza de la medida antes de actuar.

Tipos de conflictos habituales

  • Sanciones disciplinariasAmonestaciones, suspensiones de empleo y sueldo u otras medidas impuestas por la empresa que pueden impugnarse por desproporcionadas o injustificadas.
  • Modificación sustancial de condicionesCambios en jornada, horario, sistema de remuneración o funciones que superen ciertos umbrales, sujetos a un procedimiento específico.
  • Movilidad geográficaTraslados que impliquen cambio de residencia, con derecho del trabajador a compensación o, en su caso, a extinguir el contrato con indemnización.
  • Movilidad funcionalCambios de funciones dentro de los límites legales y convencionales aplicables.

Vías de impugnación

  1. Paso 1

    Impugnación de la sanción

    Demanda ante el juzgado de lo social dentro de los veinte días hábiles siguientes a su notificación.

  2. Paso 2

    Impugnación de la modificación sustancial

    Demanda en el plazo de veinte días hábiles desde la notificación de la decisión empresarial.

  3. Paso 3

    Negociación previa

    En determinados casos existe un periodo de consultas con la representación de los trabajadores antes de la decisión definitiva.

Normativa de referencia

  • Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los TrabajadoresRegula el régimen disciplinario, la movilidad geográfica y funcional y las modificaciones sustanciales de condiciones.
  • Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción socialEstablece los plazos y procedimientos de impugnación de estas medidas.

Preguntas frecuentes

Sí, mediante demanda ante el juzgado de lo social dentro del plazo de veinte días hábiles desde su notificación.

La información publicada en esta web tiene carácter general y divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado. Cada caso requiere un análisis particular de sus circunstancias, plazos y documentación.

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